Secretaría de Comunicación
Tablón de opinión >

 

(Julio Anguita en LA ATALAYA - Mundo Obrero | Noviembre 2005)

EL DERECHO A LA INJERENCIA

La Declaración de Derechos Humanos de las NNSS de 12 de Diciembre de 1948 dice en su artículo 28 lo que sigue: "Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos". Conviene recordar que la solemne Declaración antes citada se transfromó en acuerdo político y jurídicamente vinculante para los países signatarios a través del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos firmados los tres en Nueva York el 16 de Diciembre de 1966.

Si reparamos con atención en el texto nos daremos cuenta que estamos ante una redacción de incalculables consecuencias a la hora de opinar, promover, movilizar e intervenir sobre cualquier que afecte a cualquier persona o grupo humano en cualquier lugar de la geografía planetaria. En consecuencia, toda persona al tener el derecho a que se apliquen consecuentemente los DDHH en todos los lugares, alcanza por derecho propio la titularidad de ciudadanía universal.

La solemne llamada al internacionalismo tan reiterada por nuestra cultura política tiene en el artículo 28 un fundamento de impecable factura jurídica. Lo que está ocurriendo en la frontera de Ceuta y Melilla, sus causas, razones últimas y el desarrollo de los acontecimientos es materia sobre la cual debemos, queremos y podemos actuar. Y desde luego sobre todas aquellas que conculcan la legalidad internacional, el derecho de gentes y los derechos consagrados en la solemne declaración.

Desde hace algún tiempo se ha venido postulando por sectores ligados a la izquierda radical y a los movimientos alternativos la defensa de lo que se ha venido en llamar "la injerencia humanitaria". Se trata de una prioridad por encima de fronteras, gobiernos y sistemas a la hora de intervenir para paliar situaciones en las que se conculcan Derechos Humanos. Estamos ante una situación de excepcionalidad devenida por la gravedad de los hechos y de los acontecimientos.

El respaldo que la Declaración otorga es de muy superior entidad porque no necesita necesariamente de una justificación basada en hechos excepcionales sino que permite el seguimiento de situaciones, la recepción de información y el llamamiento a los organismos pertinentes para que intervengan aunque no se esté ante una aparentemente grave violación de los derechos humanos. Y desde luego permite también que un ciudadano o una ciudadana tengan el respaldo (por ahora moral y jurídico) para hacer declaraciones, juicios y propuestas ligadas a superar una situación indeseable.

Las fronteras van cayendo para los capitales y las mercancías. Las fronteras se erizan de púas para impedir la libre circulación de seres humanos. Las "razones" que se aducen suelen ser de tipo económico (capitalista) que calan en las gentes y hacen mella en las organizaciones de trabajadores. En consecuencia pensamos que ya va siendo hora de afrontar desde lo más inmediato y concreto, el posicionamiento coherente contra la globalización capitalista y sus consecuencias.

Recomienda esta web
Correo-e
PCA Almería
Inicio | Favoritos | Contacto | Mapa | Ayuda | Afiliaciones | Lta Correo |
Optimizado a 800 x 600 pixeles